Los graves problemas económicos añadidos a la crisis provocada por el Covid-19 han llevado a Pulmantur Cruceros a presentar Concurso de Acreedores en España.
El juez de lo mercantil que acepte la declaración del concurso designará un administrador concursal, que determinará la relación de bienes y derechos de que dispone la compañía y las deudas, que se ordenarán por orden de prioridad.
Seguidamente, se hará un llamamiento (publicado en el BOE) a los acreedores para que comuniquen a la administración concursal la deuda que la empresa tiene con ellos.
Todos los créditos que se reclamen se incluirán en una lista de acreedores y se clasificarán en privilegiados y ordinarios. y el administrador concursal formulará una propuesta de pago, pero el concurso finalizará con el pago de las deudas y el cierre de la empresa o con su rehabilitación ya sin deudas.
Son muchas personas las que planifican las vacaciones con antelación para así abonar de forma aplazada el coste o conseguir un abaratamiento del precio total de las mismas.
Con independencia de la evolución de la pandemia y de cómo se resuelva el concurso de acreedores, las personas consumidoras que tuvieran contratado un viaje tienen reconocidos unos derechos que pueden hacer valer.
Si te encuentras entre las personas consumidoras afectadas el concurso, desde Consumidores AL-ANDALUS Málaga te interesa la información siguiente:
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios reconoce a los consumidores su derecho a reclamar contra la compañía con la que contrató el viaje combinado.
Si el viaje, pagado en su totalidad o en parte, no hubiera comenzado, el consumidor podrá resolver el contrato sin penalización y que se le devuelva la totalidad del dinero abonado, salvo que la propia empresa le realizara una oferta que satisfaga los intereses del consumidor y que éste acepte libremente.
Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece en su artículo 164 que «los organizadores y los minoristas de viajes combinados establecidos en España tendrán la obligación de constituir una garantía y adoptarla cuando sea necesario […] en los términos que adopte la Administración competente».
Si tienes alguna consulta o reclamación, recopila contrato de viaje combinado o contrato con la naviera, pagos efectuados, publicidad entregada, etc y envíanos un correo a la dirección malaga@fed-alandalus.es o llámanos al teléfono 952 21 35 40.