La Audiencia Provincial de Málaga en sentencia dictada el pasado 27 de octubre de 2020 en la que analiza la posible abusividad de una cláusula que, en un préstamo hipotecario, establece una comisión de apertura falla a favor de los prestatarios.
En la resolución que se refiere se expone que la entidad bancaria cobra una comisión de apertura además del interés remuneratorio, siendo una de las cuestiones sobre las que la entidad bancaria está obligada a informar a los posibles prestatarios.
Además incide la Audiencia en que se trata de una comisión que ha de abonarse por entero en el momento inicial del préstamo.
Recoge lo establecido en la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 16 de julio de 2020, la cual expone que el artículo 3, apartado 1 del a Directiva 93/13, debe interpretarse en el sentido en que una cláusula de un contrato de préstamo celebrado entre un consumidor y una entidad financiera que impone al consumidor el cobro de una comisión de apertura puede causar en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes cuando los bancos no demuestran que esa comisión corresponde a servicios efectivamente prestados y gastos en los que haya incurrido, no siendo suficiente justificación un mero porcentaje en los servicios prestados.
Tal comisión no responde a un servicio autónomo y previo realizado por la entidad bancaria, sino a un mero gravamen hacia los prestatarios, los cuales se ven abocados a abonar dicho importe en el momento del otorgamiento de la escritura.
Las cantidades abonadas varían pero suelen oscilar entre un 0,50% y un 1,5% sobre el capital del préstamo.
Si abonaste comisión de apertura cuando formalizaste tu préstamo hipotecario, desde nuestra organización te animamos a formular una reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria con la que contrataste el préstamo.
Si necesitas que te gestionemos la reclamación recopila tu escritura de préstamo hipotecario y el extracto bancario donde se refleja el abono de dicha comisión y envíanos un correo a la dirección malaga@fed-alandalus.es o llámanos al teléfono 952 21 35 40.