Todos los productos que se compran en España tienen actualmente una garantía de dos años y los fabricantes están obligados a tener piezas para repararlos durante cinco años.

Pero el Gobierno ha aprobado este martes una modificación del texto refundido para ampliar estos plazos, con lo que la garantía pasará a ser de tres años y las piezas deberán estar disponibles durante diez años desde que el producto deja de fabricarse.

La reforma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, y supone una mayor garantía del derecho de los consumidores a reparar los productos y frenar el consumismo excesivo.

Este cambio legislativo supone una transposición de varias directivas comunitarias, y apuesta por una mayor durabilidad de los bienes y desde nuestra organización consideramos que la ampliación del plazo de los repuestos va en línea con la agenda europea del consumidor y pretender facilitar la transición ecológica hacia un consumo más sostenible

obligación del empresario de suministrar los contenidos o servicios digitales sin demora indebida implicará tener que suministrarlos inmediatamente.

La reforma de la ley de consumidores aprobada este martes incluye nuevos derechos y garantías para los usuarios: por primera vez se recoge la contratación de contenidos y servicios digitales que no cuestan dinero al consumidor sino que se obtienen a cambio de sus datos personales, y también los contratos de suministro de contenidos o servicios digitales (programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas).

La reforma establece normas simples y claras sobre las modalidades y el momento de cumplir con la obligación de suministro de los contenidos o servicios digitales por parte del empresario.

En la mayoría de los casos, la obligación del empresario de suministrar los contenidos o servicios digitales sin demora indebida implicará tener que suministrarlos inmediatamente.

Los productos contarán hasta con tres años de garantía legal, mientras que los contenidos y servicios digitales por primera vez tendrán dos años. Esto último comprende a programas informáticos, juegos digitales, libros electrónicos, música, aplicaciones, archivos de audio y video.

Se considerará que los contenidos o servicios digitales están disponibles o accesibles cuando hayan llegado al entorno del consumidor y usuario y no sea necesario ningún otro acto del empresario para que pueda utilizarlos conforme al contrato.

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