En contra de lo que ha trascendido en las redes sociales y en los medios de comunicación, desde Consumidores AL-ANDALUS MALAGA consideramos que el plazo para demandar a las entidades bancarias el reembolso del dinero cobrado de más por los gastos de tramitación de la hipoteca no venció el 21 de enero de 2021.

Lo que estaba haciendo el Ministerio de Consumo era en realidad animar a los hipotecados que pagaron de más por esos conceptos a presentar reclamaciones ante las entidades bancarias antes de esa fecha para evitar una hipotética prescripción de su derecho a cobrar, algo que «de acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), no podría comenzar a computar hasta que la persona afectada pudiese haber tenido conocimiento razonablemente del carácter abusivo de la cláusula en cuestión».

Ese momento, a nuestro juicio, se produce cuando el banco admite o los tribunales declaran en firme que la cláusula es abusiva, y es entonces, según coinciden la mayoría de las audiencias provinciales del país, cuando comienza a correr el plazo de cinco años para reclamar la devolución del dinero pagado de más

Básicamente, la confusión parte de dos conceptos jurídicos: el derecho a pedir que la cláusula sea declarada nula por abusiva, para lo que no hay limitaciones temporales, y, por otro lado, el plazo para reclamar el resarcimiento a partir de esa declaración judicial, que sí existe y que es de cinco años.

Por lo tanto, hasta que no se declara la nulidad de la cláusula, las personas consumidoras no tienen derecho a que le restituya el dinero pagado de más, con lo que el plazo no comienza a correr hasta ese momento.

Además la mayoría de las Audiencias Provinciales se pronuncian en ese sentido, entre ellas, las de Madrid, Málaga, Zaragoza o Ciudad Real, las cuales establecen que el plazo de los cinco años comienza cuando ese pronunciamiento adquiere firmeza, una tesis que se ajusta a lo sostenido por el TJUE.

Por lo tanto, a nuestro juicio, el plazo de cinco años comienza a correr cuando el consumidor es consciente de la nulidad, y eso no ocurre hasta que lo declara el juez.

Si aun no reclamaste los gastos de tu préstamo acude a nosotros y tráenos la escritura de préstamo para poder revisarla, ya que seguro que la entidad bancaria te cobró además comisión de apertura, comisión de posición deudora, o te incluyó otra cláusula bastante común y declarada abusiva por los tribunales como el redondeo al alza.

Si tienes alguna consulta o reclamación sobre este tema envíanos un correo a la dirección malaga@consumidoresponsables.es o llámanos al teléfono 952 21 35 40, y analizaremos tu documentación.