El Gobierno ha decidido prohibir todos los vuelos directos entre España e Italia a partir del 11 de marzo hasta las 00:00 del 25 de marzo para evitar la propagación del contagio por coronavirus.
El veto se aplicará a todos los trayectos directos excepto los realizados por aviones del Estado, escala con fines no comerciales -sin subidas ni bajadas de viajeros- vuelos de carga, humanitarios, médicos y otros de emergencia.
En este punto es la aerolínea la que ha de reembolsar el importe del billete de los vuelos a los pasajeros.
El resto de los gastos que se puedan originar no serán reclamables, puesto que se trata de un supuesto de fuerza mayor, a excepción del alojamiento que por obligación el pasajero esté obligado a pasar en un hotel cercano al aeropuerto y traslados al mismo, siempre y únicamente en los casos de pasajeros fuera de su domicilio habitual.
En el caso de que no se recomiende viajar al país en cuestión y sea la propia aerolínea quien decide suprimir determinada ruta, ésta será la encargada de la devolución del coste del billete, cambio de fecha o del cambio de destino.
En caso de cancelaciones a título personal por el viajero que cancela el trayecto a otra zona por miedo al contagio, debe revisar las condiciones del seguro contratado.
En estos casos, el importe a devolver dependerá de lo establecido en los detalles del seguro, pero por lo general, estas polizas «excluyen la cobertura de gastos de anulación en caso de epidemias o pandemias».
No obstante, la mayor parte de las aerolíneas han flexibilizado su política comercial para que los pasajeros con viajes a zonas de riesgo puedan solicitar la devolución del importe o la reprogramación del viaje.
Si es la aerolínea la que ha cancelado el vuelo los usuarios tienen derecho a ser informados, al reembolso, o transporte alternativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento comunitario 261/2004, de 11 de febrero.
Además la aerolínea debe entregar un impreso donde se recojan las condiciones de asistencia y compensación, así como proveer de los servicios básicos a los clientes tales como: comida y bebida suficientes, dos llamadas telefónicas, o acceso a correo electrónico, una o más noches de hotel si fuera preciso, así como transporte entre el alojamiento y el aeropuerto de salida.
Si la compañía no cumple con sus obligaciones, el pasajero tiene derecho a reclamar. Por ello es de vitar importancia guardar tarjetas de embarque, facturas de transporte, así como de todos los gastos en los que hayamos incurrido.
En caso de que la respuesta no fuera favorable, puede formular la reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), la cual le dará traslado a la aerolínea.
Para cualquier consulta o reclamación envíanos un correo a la dirección malaga@fed-alandalus.es o llámanos al teléfono 952 21 35 40.