Ha transcurrido casi un mes de que se decidiera la suspensión de las clases presenciales, tras el decreto de alarma por el Covid-19, y algunas familias que llevan a sus hijos a colegios privados concertados ven como les siguen cobrando determinadas cuotas por unos servicios que se han visto reducidos por el confinamiento.

Desde Consumidores Al-Andalus Málaga se consideramos que no se debe cobrar a los consumidores por servicios no prestados. Además, las personas consumidoras tenían ya pagada la cuota del mes de marzo, y tienen derecho al reembolso de la parte proporcional de los días en los que no han recibido del servicio.

Otra opción en el caso de Colegios o guarderías es dar la posibilidad de disfrutarlo posteriormente o reducir la cuantía de futuras cuotas a repercutir por la prestación de ese servicio, en cuyo caso deben contar con la conformidad de los padres.

Pero si las familias no aceptan la propuesta, se le deben reembolsar los importes ya pagados por servicios no recibidos.

De hecho el artículo 36.3 del Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19 establece el derecho de las personas consumidoras al reembolso, así como la prohibición por parte de los centros de cobrar cuotas hasta que finalice el estado de alarma.

Consideramos que en los centros de educación reglada, se debería seguir pagando la cuota siempre que se acredite que se está prestando educación por vías telemáticas y se garantiza el sistema de evaluación del alumnado, pero no se deben paga ni comedores ni actividades extraescolares.

Si te encuentras en esta situación y necesitas asesoramiento o gestionar una reclamación ponte en contacto con nosotros en el teléfono 952 21 35 40 o envíanos un correo a la dirección malaga@consumidoresponsables.es