¿VAS A COMPRAR UN COCHE DE SEGUNDA MANO?. SIGUE NUESTROS CONSEJOS.

En los últimos años los precios de los vehículos nuevos se han disparado. Ello ha hecho que muchas personas consumidoras opten por vehículos de ocasión, seminuevos, etc, con los problemas que ello acarrea en el tema de las garantías.

El problema más habitual es que el coche, pasado meses, semanas o nada más cogerlo, presenta problemas mecánicos que, según dice el comprador, no debería tener. Estas averías en ocasiones son muy importantes e incluso impiden circular con el vehículo. El afectado entiende que es el vendedor el que tiene que hacerse cargo de la reparación pertinente.

 Sin embargo, no es extraño que éste niegue su responsabilidad y afirme que el daño se ha producido después de la venta o que es algo normal por el uso y kilómetros que presentaba el coche cuando se traspasó.

También hemos visto prácticas que complican la solución de estos defectos del vehículo de segunda mano. Algunos concesionarios derivan la garantía en una tercera empresa, con la que se suscribe una póliza al comprar el coche.

 

Así, en cuanto se le comunica el problema, el concesionario señala que es responsabilidad de la tercera empresa. Y no es extraño que esta diga que el problema no está cubierto por la póliza, pese a que la ley de garantías ampare al consumidor.

 

 El artículo 120 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que señala que «el empresario será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega o del suministro y se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega en el caso de bienes«, mientras que especifica que «en los bienes de segunda mano, el empresario y el consumidor o usuario podrán pactar un plazo menor al indicado en el párrafo anterior, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega«.

Además si hubiera cualquier problema con el coche,  en los dos años siguientes a que fuera entregado se considerará que ya existían en el momento de la entrega.  Ello supone que el consumidor no tiene que demostrar que el coche tenia ese defecto cuando lo compró, sino que la ley presume  que fue así. Eso sí, si es un coche de segunda mano, este plazo puede ser reducido hasta ajustarse como mínimo, al plazo de garantía mencionado anteriormente.

Otra situación que se da en la práctica sucede cuando estando en garantía el coche tiene un problema y la empresa no puede repararlo. En ese caso la ley ampara una reducción en el precio, teniendo que reembolsar la diferencia entre lo que se abonó y el precio que debería tener en base al problema originado, la sustitución del coche o la resolución del contrato y el reembolso completo de lo que pagaste por el vehículo.

Además en caso de reembolso, la ley dice que ha de hacerse sin demora indebida, y en cualquier caso, en un plazo de 14 días desde que se solicitó el abono del dinero.

Aunque la normativa no establece ningún plazo específico para que comuniques el problema con el vehículo a la empresa, resulta aconsejable hacerlo lo antes posible.

Para evitar sorpresas desagradables, es recomendable que antes de comprar un coche de segunda mano se encargue un informe técnico exhaustivo a un profesional independiente, que refleje el estado real del vehículo.

 

 Esta es la única forma de asegurarse que el coche está en las condiciones ofrecidas por el propietario del vehículo y no llevarse posteriormente desagradables sorpresas, que en algún caso han llegado a costar al comprador miles de euros. También conviene consultar el historial del vehículo.

 

En cualquier caso, antes de comprar un coche de segunda mano, nunca está de más revisar el libro de mantenimiento y la tarjeta de inspección técnica, donde se podrá comprobar las revisiones efectuadas y las características del vehículo.

Si tienes alguna consulta acude a nosotros e infórmate de cuales son tus derechos y reclama.

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