Consumidores Al-Andalus Málaga consigue que dos socios recuperen  aproximadamente 4.000 € en concepto de prima pagada de dos seguros de protección de pagos de prima única, y que fueron incluidos en una escritura de préstamo hipotecario firmada con BBVA S.A en 2006.

Se trata de dos seguros de protección de pagos de prima única con fecha de efecto 10 de abril de 2006 y fecha de vencimiento el 10 de abril de 2036, que fueron abonados el 10 de abril de 2006, tal y como hemos podido verificar con los movimientos de ese año.

Se trata de una contratación impuesta y vinculada al préstamo hipotecario, que vulnera los dispuesto en el artículo 82.1 del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, el cual considera cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes.

Además hemos verificado que no existe ningún documento en el cual se refleje solicitud o información al cliente de manera expresa y comprensible, sobre la posibilidad o no de contratar cada servicio de manera independiente, en qué condiciones.

Al respecto debemos tener en cuenta que el artículo 89.4 TRLGDCU considera abusiva la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios accesorios no solicitados.

Si te encuentras en esta situación, puedes contactar con nosotros enviándonos un email a la dirección malaga@consumidoresponsables.es, llamándonos al teléfono 952 21 35 40 o enviándonos un whatsapp al teléfono 629 387 526. 

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